miércoles, 20 de agosto de 2014

Los permisos retribuidos. Cuándo podemos faltar al trabajo sin dejar de perder salario.

A lo largo de nuestra vida laboral seguramente hemos tenido que faltar al trabajo o ausentarnos por causas de fuerza mayor, para que tengamos claro cuando y cuando no podemos faltar a nuestro trabajo y que no nos afecte al bolsillo, vamos a intentar resumir un poco los casos que nos podemos encontrar:


  • Nos casamos. En este caso vamos a poder disfrutar tranquilamente y sin preocupaciones laborales durante 15 días naturales, es decir, seguidos y contando festivos.
  • Nace nuestro hijo. Tendremos 2 días naturales y 4 si tenemos que desplazarnos.
  • Fallecimiento, accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica. Hasta el segundo grado de familia directa (consanguinidad) o familia política (afinidad). En este caso, dispondremos de 2 días naturales y 4 si tenemos que desplazarnos.
  • Nos mudamos de casa. En este caso tendremos un día .
  • Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo, por el tiempo indispensable. En este caso si nos dan alguna compensación económica nos los descontaran del salario. Es el caso por ejemplo, que tengamos que ir a juicio o elecciones.
  • En caso que estemos en el comité de empresa o sindicato, las horas de trabajo  como representante de los trabajadores,también deberán ser retribuidas.



En cualquier caso, siempre debes tener en cuenta que en el convenio colectivo por el que te rijas puede existir alguna mejora de las condiciones, conviene echarle un ojo para saber concretamente si tenemos algún derecho adicional o que mejore la normal general. 
Otro aspecto que deberíamos tener en cuenta es que tengamos siempre un documento oficial que nos acredite que hemos estado realmente donde hemos dicho que hemos estado en la empresa.Y por supuesto, siempre es más que recomendable avisar en la empresa de la situación que motiva nuestra ausencia.

Un saludo a todos.



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